El órgano superior de la Administración estatal es el Gobierno de la nación, que ejerce la función ejecutiva y dicta reglamentos de acuerdo con la Constitución y las leyes. Su presidente es nombrado por el Rey, previa investidura del Congreso de los Diputados; los demás miembros (vicepresidentes, de haberlos, y ministros) son nombraos y separados por el Rey a propuesta del Presidente. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión, o fallecimiento de su presidente.
Gozan de tratamiento de Excelentísimo Señor, el presidente del Gobierno, los ministros y secretarios de Estado, el presidente del Consejo de Estado, el Fiscal General del Estado, el Defensor del Pueblo, y otros de los más destacados cargos de la Administración. El mismo tratamiento reciben los capitanes generales de región militar, zona marítima o región aérea.
Los principales responsables del Estado en materia de protocolo son el director general de Protocolo de la Presidencia del Gobierno, y el de Protocolo, Cancillería y Órdenes del Ministerio de Asuntos Exteriores
Gozan de tratamiento de Excelentísimo Señor, el presidente del Gobierno, los ministros y secretarios de Estado, el presidente del Consejo de Estado, el Fiscal General del Estado, el Defensor del Pueblo, y otros de los más destacados cargos de la Administración. El mismo tratamiento reciben los capitanes generales de región militar, zona marítima o región aérea.
Los principales responsables del Estado en materia de protocolo son el director general de Protocolo de la Presidencia del Gobierno, y el de Protocolo, Cancillería y Órdenes del Ministerio de Asuntos Exteriores