miércoles, 22 de septiembre de 2010

SEGUNDAS NUPCIAS

Una persona puede contraer segundas nupcias a partir de dos situaciones bien distintas: viudedad o divorcio. Los viudos pueden volver a casarse en una iglesia sin ningún problema, pero el matrimonio de un divorciado es algo más complejo. Lo habitual en estos casos es recurrir a una ceremonia civil en la oficina del registro.

En los supuestos de divorcio, no cabe más posibilidad para una segunda ceremonia religiosa que la previa nulidad del primer matrimonio. Incluso en este caso, el ritual del templo carecerá de bendición, pues según los mandatos de la Iglesia, esta solo se recibe una vez en la vida. Los preparativos de las segundas nupcias tienen además algunas particularidades propias, fruto de lo especial de la situación. Los viudos escriben a los padres de su difunto cónyuge antes de anunciar su compromiso. También lo harán entre sí los divorciados si sus relaciones se mantienen amistosas. Este tipo de contacto es esencial cuando afecta a hijos anteriores, a fin de que los abuelos estén enterados del cambio de situación.

Ala hora de fijar la fecha, hay una opinión generalizada que considera que entre el fallecimiento de un cónyuge y la segunda boda del superviviente debe transcurrir un tiempo prudencial. Del mismo modo, no procede anunciar un próximo matrimonio mientras uno de los miembros de la pareja esté aun involucrado en trámites de divorcio de su cónyuge anterior. Si se trata de un viudo o una joven, las invitaciones pueden enviarlas sus padres, y si es huérfano, alguna hermano mayor o familiar muy próximo. En muchos casos el viudo envía ya las invitaciones en su propio nombre, pues casi siempre se trata de personas adultas.

En cuanto al tema de regalos y listas de boda, la única diferencia respecto ala boda tradicional es que, como se supone que los cónyuges ya tiene la casa puesta, se tiende a regalos más personales y menos para el hogar. Por otra parte las ceremonias religiosas son más discretas, plasmándose estas diferencias en detalles como los siguientes:
Se prescinde de corte nupcial (damas de honor y pajes), no se estila tampoco el traje largo con velo ni se interpreta la marcha nupcial tradicional, la novia no podrá portar las clásicas flores de azahar, etc. Si el viudo es el novio, la novia si podrá utilizar vestido blanco y velo cuando se trate de su primera boda. Es el estado civil de la novia el que marca la pauta, de modo que si es su primer matrimonio tiene pleno derecho al vestido blanco y a toda la pompa de las grandes ceremonias. Los viudos se quitarán el anillo de boda de su primer matrimonio poco antes de la ceremonia.